Hasta dónde puede investigar Hacienda a los que invierten en Bitcoin y otras criptomonedas

Hacienda ha anunciado que pasará lista a los que invierten en Bitcoin y otras criptomonedas.  En teoría, al ser una inversión, los beneficios hay que declararlos. El problema es si Hacienda puede tener esa información, dado que es una tecnología opaca.

En España, cualquier inversión está sujeto al pago de impuestos en caso de que haya plusvalías. Eso afecta a las criptomonedas, en especial al Bitcoin, cuya espectacular revalorización ha atraído las miradas de los inversores.

En 2013 un Bitcoin equivalía a 1.200 dólares. A mediados de diciembre pasado, cotizó a 19.000 dólares, aunque que hoy se mueve alrededor de los 11.000 dólares. 

Los abogados especialistas en estas criptomonedas avisan que Hacienda las considera dinero. “La Dirección General de Tributos considera el Bitcoin como un cheque, un giro o un pagaré”, afirmaba al diario VozPopuli Alejandro Gómez, cofundador de icofunding.

Así confirmaba una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que decidió hace años que la criptomoneda o moneda virtual tenía ese tratamiento.

Los mecanismos de información que puede usar Hacienda, en caso de que el inversor no informe por su cuenta, son los de siempre: pedir información a los bancos y empresas intermediarias sobre quiénes están comprando Bitcoin. Para comprar bitcoin es necesario pasar fondos de nuestra cuenta bancaria a un intermediario que nos vende Bitcoin. Tanto el banco como el intermediario exigen DNI con nombre y apellidos.

Pero, a partir de ahí, ya es más difícil para Hacienda.

Ese dinero se almacena en un monedero virtual en nuestro ordenador, con lo cual Hacienda solo podría saber al menos que tenemos Bitcoin y hacerse una idea de cuántos. El inversor solo está obligado a informar en el momento en que decida vender Bitcoin a través de los mercados que realizan esas operaciones. En caso de que el inversor no informe de su aumento patrimonial, Hacienda podría saber qué cantidad hemos ganado en el momento en que se ingresen los beneficios en nuestra cuenta. Porque esa cantidad sí se ingresa de nuevo en el banco.

Claro que, para ello, Hacienda tendría que solicitar al banco todas las transacciones que proceden de estos mercados. Es decir, en teoría, el fisco puede ver en nuestras cuentas corrientes los incrementos de valor, o pedir al banco que informe de ellas.

Otra cosa es usar Bitcoin para comprar cosas como billetes de avión, aplicaciones informáticas o entradas de teatro. Eso se puede hacer. Es decir, un Bitcoin que compramos en 1.000 dólares, y que ahora vale más de 10.000 dólares, podría permitirnos todas esas compras, de las cuales Hacienda no tiene información.

Y eso se debe a que nuestros Bitcoin, a lo largo de esas transacciones, no pasan por ningún banco ni por un sistema de pago asociado a un banco como Visa o PayPal. Van directamente de nuestro ordenador a la empresa que nos vende un producto o servicio.

La tecnología que soporta todo eso se llama 'blockchain', y su principal característica es que no da información de las personas que están haciendo transacciones: solo hay códigos numéricos.

En resumen, solo solicitando información al banco o a las empresas intermediarias de Bitcoin (compraventa de criptomonedas), Hacienda podría hacerse una idea de cuántos Bitcoin almacenamos. Sería un proceso engorroso para Hacienda, pero tiene mecanismos para hacerlo. Luego, podría calcular si nuestros Bitcoin valen más, solo con mirar la tabla de cotizaciones.

Lo que no puede saber es en qué gastamos los Bitcoin. Tampoco sabe cuándo lo hemos gastado.

Esto no exime a los poseedores de Bitcoin a informar a Hacienda si están obteniendo ganancias de valor, al cambiar sus Bitcoin en dólares o euros, cosa que se realiza de nuevo a través de bancos.

Origen aquí.
Fuente de noticias: www.idealista.com

Comentarios